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Real Decreto 637/2021

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REAL DECRETO 637/2021 DE ORDENACIÓN DE LAS GRANJAS AVÍCOLAS

El Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas tiene como objeto garantizar la sostenibilidad de la actividad ganadera en los próximos años, adaptándola a la evolución de los retos económicos a los que se enfrentan los productores, lo que supondrá una mejora en las condiciones de sanidad animal y medioambiental.

Se trata de una marcada revisión de la normativa vigente hasta la fecha para el sector avícola de carne, aprobada en 2005, y de la incorporación a la misma del sector avícola de puesta, el cual no contaba con una legislación de ordenación específica.

El fin que se pretende conseguir con esta nueva ordenación es la adaptación de la norma a los nuevos retos sociales, económicos, productos y medioambientales de la producción avícola.

Las principales novedades incluidas en este Real Decreto giran en torno a reforzar los requisitos en materia de sanidad animal y bioseguridad de las granjas, con el fin de mantener un estatus sanitario adecuado en las mismas, y adoptar compromisos en materia de medio ambiente, relacionados con la protección del agua, el aire, los suelos y la lucha contra el cambio climático.

En esta línea, la norma incluye la obligatoriedad de que las granjas dispongan de un plan de gestión en estiércoles, para evitar la contaminación del aire y los sueños, y que formará parte de un plan de gestión ambiental individualizado para cada granja.

También introduce medidas para la reducción de las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero. Así, cada granja deberá disponer de un registro de emisiones y las técnicas utilizadas para su reducción.

Con la aprobación de esta norma se ayuda a la consolidación del marco normativo actual en materia de bienestar animal, para lo que se establecen requisitos de formación, se incorporan recomendaciones de bienestar animal y se exigen un plan individual para cada granja, que evalúe los potenciales riesgos para el bienestar de los animales.

Todo ello será posible gracias a la incorporación obligatoria de la figura del veterinario de explotación, que será el responsable de asesorar sobre los aspectos relacionados con la sanidad y el bienestar de los animales.

Para mejorar y garantizar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el Real Decreto, se introduce la obligación de contar con un sistema integral de gestión de la explotación, donde se recogerán los distintos planes y protocolos implantados en la misma en ámbitos sanitarios, de limpieza, mantenimiento de las instalaciones, bienestar animal, gestión de estiércoles y/ residuos, y formación y control de antibióticos, entre otros aspectos.

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